Licencias

a. Licencias actividades

La apertura de un establecimiento está sujeta a la obtención de las Licencias de Actividad y de Apertura expedidas por el Ayuntamiento en el que se ubica dicho establecimiento. La solicitud de la Licencia de Actividad se debe acompañar del correspondiente proyecto técnico, más complicado si la actividad es Clasificada y más sencillo si es Exenta. Estos permisos suponen el reconocimiento de que tanto el establecimiento y las instalaciones proyectadas como la actividad a desarrollar se adecuan a la normativa urbanística vigente y a las reglamentaciones técnicas aplicables.

b. Licencias de primera ocupación LPO

La licencia de primera ocupación tiene por objeto acreditar que las obras han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia fue concedida, o con las variaciones que no suponen modificación de la licencia y que se encuentran debidamente terminadas y aptas, según las normas urbanísticas, ambientales y de seguridad específicas.

Boletines suministros

El consumidor que compra o alquila una vivienda tiene que dar de alta los suministros como agua, electricidad y gas, si estos se encuentran actualmente dados de baja. Antes de contactar con la comercializadora, se necesita obtener un boletín para cada suministro. Si existen suministros, no es necesaria un alta nueva; bastará con un cambio de titularidad.

Proyectos telecomunicaciones ICT

Son las instalaciones necesarias para captar, adaptar y distribuir a las viviendas y locales, señales de radio y televisión terrestre y por satélite, así como servicio telefónico básico y de telecomunicación de banda ancha. Dicho Proyecto Técnico debe estar firmado por ingeniero de telecomunicación o ingeniero técnico de telecomunicación de la especialidad correspondiente.

Segregaciones / Certificaciones

a. Segregaciones en propiedad horizontal

Se pueden llevar a efecto actuaciones de división o segregación de una finca para que resulten dos o más diferentes. Esta situación sólo se permitirá cuando las fincas resultantes reúnan todas las características exigidas por la legislación aplicable y la ordenación territorial y urbanística. Como consecuencia de lo dicho, los notarios, para la autorización de escrituras de segregación o división de fincas, exigirán, a fin de levantar el oportuno testimonio, la demostración documental de la conformidad, aprobación o autorización administrativa a que esté sujeta esa división o segregación conforme a la legislación que le sea aplicable; este requisito será también exigido por los registradores para proceder a realizar la correspondiente inscripción.

b. Divisiones horizontales

La división horizontal es un acto documentado en título público, mediante el cual se divide un inmueble en varias y distintas fincas registrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Posteriormente se inscribe en el Registro de la Propiedad.

c. Certificaciones Energéticas

El certificado de eficiencia energética o certificado energético es un documento oficial confeccionado por un técnico autorizado, con información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble. La certificación energética califica energéticamente un inmueble calculando el consumo anual de energía necesario en condiciones normales de ocupación y funcionamiento, incluye agua caliente, calefacción, iluminación, refrigeración y ventilación. Este certificado es obligatorio, ante una operación de compraventa o de alquiler.

d. Inspección técnica de edificios, ITE

El técnico, Arquitecto Superior o Arquitecto Técnico, visitará cada una de las viviendas y plantas bajas del edificio observando su aspecto y los posibles problemas que tenga el mismo, redactará un Informe I.T.E. donde se expondrá el resultado de la inspección y de las conclusiones técnicas.

e. Certificado de idoneidad técnica

Si el informe es desfavorable se deberán subsanar las deficiencias y posteriormente emitir un certificado de idoneidad técnica, si bien si las obras son de envergadura o se ven afectadas los elemento estructurales del edificio, se redactaría un proyecto donde se expondrán las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias que expone el informe y posteriormente se tendrá que obtener el certificado final de obra como documento que acredite la subsanación de las deficiencia.